La actualización de las Bases Reguladoras será aplicable para las próximas convocatorias. Incluye nuevas soluciones elegibles y tipos de beneficiarios (como las sociedades civiles), redefiniciones de plazos y ampliación de tipos de firma electrónica para la tramitación.

Mejoras funcionales.

Los bonos podrán financiar la sustitución de una solución ya existente, siempre que implique una mejora funcional: una solución nueva que cumpla los requisitos mínimos, y cuando la solución que se reemplaza no cumpla los requisitos exigidos en la categoría.

No se considerarán mejoras funcionales aquellas soluciones que supongan desarrollo, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución ya existente, actualización de versiones de software y upgrades o mejora de versiones.

Ampliación de entidades beneficiarias.

Se incluye entre los posibles beneficiarios las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida que ejerzan una actividad económica.

Nuevo concepto susceptible de ayuda: Hardware suministrado

El hardware será subvencionable como parte de una solución de digitalización: Dispositivos que se incluyan en la modalidad de pago por uso, cuando su suministro sea imprescindible para la prestación de la solución contratada, sin que puedan ser utilizados para otros fines distintos.

Ampliación de métodos de firma.

Se amplían los métodos de firma siendo Cl@ve PIN y Cl@ve permanente medios de firma electrónica válidos para suscribir los Acuerdos y para presentar la justificación. También se contempla la formalización de los acuerdos de digitalización por parte de los gestores administrativos.

Redefinición de los plazos de ejecución, justificación y pago.

El agente digitalizador cuenta con un plazo máximo de tres meses en el que debe realizar la implementación de la solución y la emisión de la factura, previa conformidad del beneficiario. Este plazo comienza a contar desde la validación del Acuerdo.

También se amplía a seis meses desde la validación, el plazo para justificar la solución implantada por parte del Agente Digitalizador, estando al corriente de pago por parte del beneficiario.

Se recoge además, un plazo máximo de tres meses, tras la validación de la justificación, para que el Agente Digitalizador reciba el pago correspondiente de la ayuda.

Nuevas categorías de soluciones de digitalización: presencia avanzada en internet y Marketplace.

A partir de ahora, las empresas podrán contratar soluciones de presencia avanzada en internet y marketplace. Será necesario incluir el alta del dominio durante doce meses, siempre que no disponga de uno previo. Además, se incluye la función multilingüe. También cambian algunos requisitos de factura electrónica y gestión de procesos.

Consultar la Orden de Bases actualizada (PDF)

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