El próximo 1 de septiembre de 2023 se pone en marcha el nuevo sistema de bonificaciones para la contratación de empleados por parte de autónomos y empresas en España.

Las medidas fueron establecidas en el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral, e incorporan nuevas ayudas y bonificaciones, que pretenden fomentar, tanto la contratación indefinida, como la de personas de determinados colectivos vulnerables, así como mejorar las condiciones de contratación en caso de sustituciones o modificaciones por motivos vinculados a la conciliación familiar.

Por contra, se restringe la bonificación por contratación de personal técnico e investigador para actividades de I+D+i, de forma que sólo accederá a las bonificaciones el personal contratado que proceda del desempleo. El personal que estén siendo bonificado con anterioridad a 1 de septiembre podrán seguir aplicando las bonificaciones según el sistema anterior.

Algunas bonificaciones de interés que incluye el nuevo sistema

  • 274 euros mensuales por contratar trabajadores jóvenes
  • 110 euros mensuales por nuevo contrato indefinido (durante 3 años) y 128 euros mensuales si el contrato es de mujeres o mayores de 45 años (durante 3 años)
  • 128 euros mensuales por transformar en indefinidos de contratos formativos al finalizar su duración. En el caso de mujeres, se incrementa a 147 euros mensuales (3 años)
  • 128 euros mensuales por contratación de desempleados de larga duración (3 años), personas en exclusión social, o discapacitados de entre 20% y 33% (4 años)
  • 115 euros mensuales por contratación de personal investigador predoctoral

Para acceder a estas medidas, los autónomos y empresas deben cumplir estos requisitos:

  • Estar el corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social
  • No haber sido inhabilitados o excluidos del acceso a las ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo
  • No haber sido inhabilitados para obtener subvenciones y ayudas públicas y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social
  • Contar con el correspondiente plan de igualdad, en el caso de las empresas obligadas legal o convencionalmente a su implantación.

Saber más: Consultar el Real Decreto-ley 1/2023, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral.