Programa PADIH – Primera convocatoria de ayudas a pymes

Ayudas en especie que consisten en servicios técnicos especializados para la adopción de soluciones de digitalización, prestados a las pymes, prestados por los Centros Europeos de Innovación Digital (EDIH) españoles seleccionados por la Comisión Europea.

DIHBU puede prestar este servicio, al formar parte como socio del Centro Europeo de Innovación Digital DIGIS3. También pueden prestarlo las entidades afiliadas KEYLAND, ITCL y ABB.

La cuantía máxima total por pyme beneficiaria, incluyendo la suma de los distintos servicios es de 30.000 eurosLa intensidad de la subvención es al 100%.

La pyme podrá obtener la subvención para la contratación de uno o varios servicios, con uno o varios EDIH, hasta el máximo importe.

Servicios que pueden ser incluidos en el cheque

Asesoramiento inicial para la implantación de tecnologías. Cuantía máxima: 10.000 euros 

Consistirá en un servicio de consultoría técnica especializada, estimada con una duración media de 70 horas de consultoría, con objeto de ofrecer conocimientos expertos en materia de transformación digital que proporcionen ideas a la pyme para que sea más competitiva y mejore su modelo empresarial gracias a la utilización de las nuevas tecnologías.

El resultado del servicio se plasmará en un informe que recoja el análisis realizado y las principales conclusiones.

Ensayo y experimentación, incluido desarrollo de pruebas de concepto y prototipos. Cuantía máxima: 20.000 euros.

Los servicios incluyen:

  1. Análisis de la viabilidad de pruebas de concepto.
  2. Obtención de prototipos, demostración a escala piloto, pruebas con usuarios finales, u otras actividades que permitan la validación del resultado, proceso o producto y su paso a escala real.

Al tratarse de servicios a medida, su cuantificación tanto en horas como en material e infraestructura es variable. El resultado del ensayo se debe recoger por escrito en un informe, y existe la posibilidad de entrega de prototipos o similares que no podrán constituir productos finales.

Formación para la adquisición de conocimientos básicos para implementación y posterior gestión de la tecnología. Cuantía máxima: 5.000 euros.

Consistirá en acciones grupales, talleres, sesiones de mentorización o cualquier otra metodología de enseñanza, para la trasmisión de conocimiento al caso concreto de la pyme y la tecnología que desea implantar.

Se estima una duración media de 35 horas de formación especializada.

Asesoramiento en la búsqueda de financiación para la implementación de la tecnología. Cuantía máxima: 5.000 euros.

Estudio de las necesidades de financiación para la implementación de la tecnología y búsqueda de los instrumentos adecuados a los que recurrir como fuentes de financiación, pudiendo incluir orientación y apoyo en el desarrollo de la documentación a presentar.

Se estima una duración media de 35 horas de consultoría.

Apoyo para el acceso a redes y ecosistemas de innovación. Cuantía máxima: 5.000 euros.

Consiste en facilitar la transferencia de experiencia y conocimientos especializados entre las regiones, en particular poniendo en contacto a pymes establecidas en una región con EDIH establecidos en otras regiones que resulten más idóneos para prestar los servicios pertinentes, incentivar el intercambio de capacidades y conocimiento, iniciativas conjuntas y buenas prácticas.

Se estima una duración media de 35 horas de consultoría.

La recepción de todos estos servicios deberá facilitar a las entidades beneficiarias su digitalización mediante la adopción de soluciones de digitalización disruptivas.

Esquema de solicitud, prestación de servicios y justificación

  1. La pyme interesada entra en la web de la Plataforma PADIH y consulta los EDIH existentes y los servicios que prestan (a partir del 31 de Enero 2023), selecciona al EDIH que considere más adecuado a sus necesidades, y contacta con él para explicarle sus necesidades y solicitarle una Propuesta (Es posible que pueda tener ya una propuesta previa si ya es usuario de los servicios de un EDIH).
  2. El EDIH elabora la Propuesta de Servicios
  3. Cuando la pyme está de acuerdo con la Propuesta, solicita esta como ayuda en especie dentro de la convocatoria.
  4. Una vez notificada la resolución de concesión a la pyme beneficiaria, el EDIH realiza la prestación del servicio
  5. Tras la finalización de las actividades y la emisión de las facturas, la pyme abona el IVA, y el EDIH justifica la subvención en nombre del beneficiario.
  6. El EDIH recibe del programa el importe (BI) de los servicios facturados a la pyme

Plazos de ejecución y condiciones

La realización del servicio debe finalizarse en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de la concesión.

El plazo máximo de la justificación por parte del  EDIH será de tres meses desde la finalización del servicio. Deberá aportarse factura emitida por el EDIH o la entidad miembro, y documentación acreditativa del abono de los impuestos indirectos por parte del beneficiario.

Estas ayudas, enmarcadas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, serán gestionadas por la Fundación EOI, y se concederán en concurrencia no competitiva, es decir, por orden de presentación de solicitudes, hasta agotamiento de fondos.

Las propuestas de resolución se realizarán periódicamente con una estimación de cada 20 días hábiles desde el inicio del plazo de solicitud.

Documentación a presentar

  1. Solicitud electrónica, disponible en la sede electrónica, que incluirá los datos compromisos, aceptaciones y declaraciones responsables necesarios.
  2. Propuesta de Servicios elaborada por un EDIH.
  3. NIF de la entidad solicitante.
  4. Certificado de Situación Censal
  5. Acreditación de la condición de pyme.
  6. Acreditación de la representación del representante que firma la solicitud de subvención. Se entenderá acreditada si la firma se ha llevado a cabo con un certificado electrónico de representante de persona jurídica o si está inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) y autoriza su consulta.
  7. En caso de que el solicitante no autorice su consulta, certificado electrónico de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social
  8. En caso de que el solicitante no autorice, certificado acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
  9. Certificado del plazo efectivo de pagos (Obligatorio para entidades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada)
  10. Otra documentación que el solicitante considere necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos o que puedan evaluarse adecuadamente los criterios de valoración. Se incluirán los documentos y una nota explicativa de la documentación que se incluye y el motivo.

Acceso a la plataforma EOI para solicitudes

Base legal

Orden ICT/1296/2022


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Puedes cumplimentar el formulario y enviarlo a info@dihbu40.com 

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Fecha

Ene 31 2023 - Dic 24 2025
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